Según lo dispuesto en las INSTRUCCIONES DE 3 DE ENERO DE 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación educativa e Innovación de la Consejería de Educación sobre determinados aspectos para la regulación de los teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos, se informa, en relación al alumnado, de que ESTÁ PROHIBIDO EL USO DEL MÓVIL DESDE LA ENTRADA EN EL RECINTO HASTA LA SALIDA DEL MISMO. Los móviles deberán permanecer apagados desde la entrada en el recinto hasta la salida del mismo.
Debe quedar claro, por tanto, que los alumnos deberán tener apagado su teléfono móvil en el interior del centro, incluido el recreo.
En caso de autorización de un profesor para una asignatura concreta y por cuestiones académicas, dicha autorización le será comunicada a las familias indicando la sesión o sesiones de la materia en las que pueda ser utilizado. Fuera del horario indicado la prohibición de uso y obligación de apagado sigue vigente.
Cualquier uso del teléfono móvil podrá y deberá ser sancionado en los términos que indica el Decreto de Convivencia y el Reglamento del Centro.
Como norma general, cuando un alumno haga uso del móvil, este le será requisado y custodiado en jefatura de estudios hasta en final de la mañana.
La segunda vez que esto ocurra, serán sus padres o tutores legales quienes tengan que venir a recoger el dispositivo.
Siempre que esto ocurra el alumno será amonestado por escrito y, en función del uso realizado podrá ser sancionado como falta leve, grave o muy grave según lo establecido en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo de la Consejería de Educación.
Se recuerda que alumnos y familias tienen a su disposición el teléfono del centro para cualquier necesidad que pueda surgir, por lo que es importante que ni familias ni alumnado hagan uso del teléfono móvil para comunicarse durante el periodo lectivo.